Es un procedimiento voluntario en el que participan dos o más interesados en resolver o prevenir un conflicto, con la ayuda de un tercero imparcial (Mediador), con el objetivo de construir acuerdos satisfactorios.
Es una alternativa a los proceso judicial, que resuelve o previene conflictos a través de acuerdos propuestos por los mediados.
El convenio celebrado ante la fe del Mediador Privado, es equiparado a una sentencia con la fuerza de cosa juzgada, por tanto, trae aparejada ejecución para su exigibilidad en la vía de apremio ante instancia judicial.
Civil: constitución de servidumbre, mutuo simple, entre otros.
Mercantil: reconocimiento de adeudo (con o sin constitución de garantía); mutuo mercantil, entre otros.
Familiares: pensión alimenticia; guarda y custodia; cambio de régimen conyugal; convenio de liquidación de sociedad conyugal; división y partición de herencia, entre otros.
Garantizar como principio rector la lealtad absoluta, lo que implica hablar siempre con la verdad y destinar el tiempo necesario no sólo a resolver el caso planteado, sino a explicar, a satisfacción del cliente, todos los pasos que será necesario dar, a fin de obtener su consentimiento plenamente informado.
Permítenos asistirte con el expertisse de nuestros socios y colaboradores.
Contáctanos o agenda una cita.